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NUEVAS INSTRUCCIONES FUNCIÓN PÚBLICA 03.01.14
PERMISO POR LACTANCIA
Las novedades introducidas son las siguientes: Posibilidad de disfrute por el padre aunque la madre no trabaje o no tenga derecho al mismo. Posibilidad de disfrute compartido, no simultáneo, por ambos progenitores.
| INSTRUCCION MOSCOSO ADICIONAL ( 4º AP del 2013)
Disfrute del permiso adicional por razones particulares concedido en 2013 Se permite su disfrute desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, es decir, desde el 22 de diciembre de 2013, hasta el 15 de enero de 2015.
INSTRUCCION SUPUESTOS EXCEPCIONALES IT 100%
Se incluyen una serie de situaciones que darán lugar a la percepción del complemento de IT al 100%: Hospitalización. Se añade, al régimen de internamiento, la domiciliaria. Intervención quirúrgica. Se añade a la intervención quirúrgica con internamiento, la intervención quirúrgica en régimen ambulatorio (cirugía mayor o menor ambulatoria). Derivadas de exploraciones diagnósticas invasivas, tales como endoscopias, colonoscopias, gastroscopias, fibronoscopias o cateterismos. Derivadas de tratamientos de radioterapia, quimioterapia y otros tratamientos oncológicos. Derivadas de procesos de gestación, técnicas de reproducción asistida o periodos de lactancia. Derivadas de la interrupción voluntaria del embarazo. A los supuestos enfermedad grave contemplados en el Anexo I del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, se añaden los Anexos I y III del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como aquéllas incluidas en los anexos del Decreto 222/1996, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la vigilancia epidemiológica en Aragón, así como un anexo con un listado de enfermedades y lesiones graves. Derivadas de situaciones físicas o psicológicas motivadas por violencia de género. Afecte a personas con discapacidad reconocida del 33% o más, siempre que sea consecuencia directa de dicha discapacidad. |
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